Este símbolo corresponde a un grupo distinto de piedras tan cercanas que no podrían ser marcadas individualmente. Las piedras deben poseer altura superior a 1m y perfectamente perceptible su identificación como un grupo de piedras.
Este símbolo puede sufrir alteración de tamaño para distinguir de otros grupos de piedras vecinas, donde si la distancia entre ellas es menor de 30m, el tamaño del símbolo de las mayores podrá ser ampliado.
¿Cómo lo veremos en la descripción de controles?:
Grupo de piedras
Descripción: Un pequeño grupo distinguible de piedras tan estrechamente agrupadas que no pueden ser cartografiadas individualmente.